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ARGENTINA – enero 2019
El caso fue iniciado por dos jóvenes con discapacidad que cursaron y finalizaron sus estudios en escuelas comunes de la provincia de Buenos Aires con las adaptaciones necesarias para hacer efectivo su derecho a la educación inclusiva. Si bien aprobaron todas las materias, las instituciones educativas a las que asistieron se negaron a otorgarles el título secundario como a sus compañeros/as, informándoles que se incluiría en ellos la aclaración “no homologable”. Aceptar dicho documento les impedía continuar estudiando y elegir sus proyectos de vida.
Luego de múltiples reclamos ante la Dirección General de Cultura y Educación, se vieron obligados/as a recurrir a la justicia con el patrocinio jurídico de la Clínica de Discapacidad de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, solicitando que se les expidiera el título del que se habían hecho acreedores/as sin discriminación. La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), organización argentina que forma parte de la RREI, se presentó en la causa como “amigo del tribunal”, sosteniendo que “negarle a los accionantes la certificación de sus aprendizajes y la terminalidad de su trayectoria educativa es una discriminación por motivos de discapacidad en los términos del artículo 2 de la CDPD, que debe ser revertida en sede judicial”.
En diciembre de 2018, el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 4 de la ciudad de La Plata condenó a la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires a otorgarles sus títulos secundarios homologados sin ninguna referencia discriminatoria. Para así decidir, sostuvo que al incluir una aclaración discriminatoria “se les impide una real inclusión en posibles ámbitos futuros, vulnerando sus derechos a la educación superior, al empleo, a la vida independiente, su inclusión en la comunidad, limitando sus oportunidades de desarrollo y cercenando la posibilidad de elegir libremente su proyecto futuro y de realización personal”. Además, fundó su decisión en que “la titulación igualitaria es un componente esencial del derecho a la educación inclusiva, que no se satisface únicamente con garantizar el ingreso y la permanencia en las instituciones educativas del sistema de enseñanza común, en tanto carecería de sentido reconocer a las personas con discapacidad la posibilidad de asistir, aprender -e incluso ser evaluadas- en las escuelas regulares, para luego negarles la certificación de su trayectoria”. En consecuencia, afirmó que “la omisión de otorgar títulos homologables al nivel cursado a las personas con discapacidad que hayan realizado sus estudios (…) constituye una lesión al derecho a una educación inclusiva integral”.
Por otro lado, sostuvo que el hecho de que los/as jóvenes hubieran finalizado la escuela con anterioridad a la aprobación de la resolución provincial que garantiza a las personas con discapacidad la obtención títulos sin discriminación no afectaba su derecho a certificar sus aprendizajes. En primer lugar, porque en ese entonces ya estaba vigente la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, norma que los Estados deben cumplir aún cuando sus legislaciones internas no se ajusten a ella. A su vez, la jueza argumentó que la falta de título les ocasionaba un perjuicio actual al impedirles continuar con su formación, y que negárselo implicaría tratar de modo desigual a quienes se encuentran en la misma situación por una cuestión meramente temporal.
De este modo, en sintonía con lo resuelto previamente en el caso de Alan Rodríguez, la justicia argentina consagró una vez más el derecho de las personas con discapacidad a obtener títulos primarios y secundarios en igualdad de condiciones, dando con ello un gran paso para la plena implementación del artículo 24 de la CDPD.
Puede descargar la sentencia aquí.
Descripción de la imagen: se ve a una de las jóvenes que obtuvo su título junto a su madre y al equipo de la Clínica de Discapacidad de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata.